miércoles, 23 de enero de 2013

UBI TE INVENERO, IBI TE IUDICABO


El Código de Derecho Canónico (nº 1409) incluye esta sentencia latina ("Donde te encuentre, allí te juzgaré") para indicar que una persona sin vivienda habitual es juzgada en el lugar en que se producen los hechos. La ley eclesiástica le llama vagus ("transeunte"), en un curioso étimo que parece denotar otra realidad.
Los profesores interinos somos peregrinos. Vagamos de ciudad en ciudad en búsqueda de esa ansiada estabilidad que nunca conseguimos. Por eso, el lenguaje religioso tiene esa correspondencia con la persona que lleva el equipaje en mano y carece de patria. Ius

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